El Registro Civil tal como lo conocemos hoy debe su existencia a la Ley Provisional del 17 de junio de 1870 publicada en el núm. 171 de la Gaceta de Madrid y su entrada en vigor oficial fue el 1 de enero 1871. Entre ambas fechas, el 14 de diciembre de 1870 se publicó en el núm. 348 de la Gaceta de Madrid el Reglamento para la ejecución de las leyes de Matrimonio y Registro Civil. A partir de aquí y hasta la actualidad, el Registro Civil ha sufrido algunas modificaciones puntuales. Por ejemplo, en el año 2000 se informatizó la gestión de los certificados con el fin de generar una base de datos nacional. Muchos registros digitalizaron las inscripciones posteriores a 1957, y más tarde, en 2011 se pretendió una modificación en la estructura y sobre todo se buscó desvincular a los juzgados de esta competencia. Esto no ha sucedido todavía fruto de varias prórrogas y seguimos a la espera de que se concreten estas y otras medidas.
Pero más allá de abordar el análisis de evolución histórica del Registro Civil y sus virtudes genealógicas, el objetivo de esta entrada es mostrar las diferentes formas en las que puede hacerse la solicitud de un certificado. Está muy bien conocer su historia y evolución pero tan importante es saber cómo y dónde solicitarlo. Para conocer dicha evolución y toda la información que nos puede ofrecer un certificado literal, visita la página de Antonio Alfaro de Prado Genealogía Hispana.
REGISTRO CIVIL (1871 – presente)
¿Qué opciones hay? Lo más efectivo es solicitar la copia del certificado literal de nacimiento, matrimonio o defunción por la vía pública y gratuita habitual del Ministerio. Para el ámbito de la Comunidad Valenciana, existe también la opción que ofrece la Generalitat Valenciana.
La Sede Electrónica del Ministerio de Justicia es válida para solicitar certificados expedidos en todo el territorio nacional. Puedes hacer uso del buscador de localidades de la Sede Electrónica del Ministerio.
¿Qué pasa si la población que busco no aparece? Esto sucede -resumiendo mucho- porque quizás la población que buscamos era muy pequeña en términos demográficos (<500 habitantes) y pertenecía al Partido Judicial de otra localidad mayor, por tanto, su Registro Civil lo asumía esta otra como Cabeza de Partido Judicial. En este caso habrá que buscar de qué pueblo o ciudad era pedáneo el municipio que queremos y solicitarlo a través de este.
Una vez tengas la población que quieres, puedes solicitar certificados de nacimiento, matrimonio o defunción. Voy a centrar la explicación en los certificados de nacimiento, pero es prácticamente igual para los de matrimonio y defunción.
Hay que rellenar todos los campos que tengan el asterisco rojo delante, en caso contrario no se validará la solicitud. Los campos de «Datos y Domicilio del Solicitante» habrá que rellenarlos con los datos de la persona que solicita el certificado, preferiblemente respetando la coherencia, es decir, si la solicitud la hago yo mismo, indicar mi domicilio oficial, número de DNI, etc. para evitar retrasos, pérdidas e incidencias que al final irán en perjuicio de nuestra investigación.
Cuando lleguemos al apartado de los «Datos de la certificación», seleccionaremos en el menú desplegable la opción «literal», pues así recibiremos una fotocopia de la inscripción que solicitamos. Si marcamos la opción «en extracto» recibiremos únicamente los datos básicos de la persona que buscamos y nada más. Por eso conviene el tipo «literal», a más información más pistas. Algo que hay que tener muy claro en investigación es que, cualquier mínima pista, por insignificante que parezca, puede abrirnos un universo. Una profesión, una calle, un padrino, una edad, lo que sea puede convertirse en básico.
Otro aspecto a tener en cuenta y sobre todo para grandes ciudades es el de la organización administrativa de la ciudad. Me refiero a los distritos, también llamados cuarteles durante buena parte del siglo XIX. A la hora de cumplimentar nuestra solicitud, será muy importante que indiquemos la calle en la que vivían nuestros antepasados, y si conocemos la calle podemos saber a qué distrito pertenecía. Ya lo sé, es un dato que no siempre vamos a conocer, pero si lo podemos, aportar mejor. Sobre cómo poder obtener la dirección de residencia de nuestros antepasados hablaré en otra entrada, pues existen varias alternativas. Para superar esta cuestión será interesante que conozcamos algo de la evolución urbana de la ciudad en la que solicitamos la inscripción civil. Pongamos que hablo… de Madrid! Fruto de un proyecto de colaboración entre el CSIC, el CCHS y la Dirección de Estadística del Ayuntamiento de Madrid, nació el portal de cartografía histórica y demográfica que puedes consultar en IDE Histórica de la Ciudad de Madrid. Tanto para Madrid como para cualquier otra, busca la calle, o la parroquia y averigua dentro de qué distrito se encontraba.
Si no hemos buscado previamente en el buscador la localidad que nos interesa no pasa nada, pues en el apartado «Datos registrales de nacimiento» nos ofrece seleccionar la Comunidad Autónoma, la Provincia y por último el Registro Civil en particular. Fíjate que no pone población sino Registro Civil, esto es por lo que te conté líneas arriba sobre los Partidos Judiciales. Valga como ejemplo el caso de Teruel. Únicamente aparecen tres registros civiles, el de Alcañiz, el de Calamocha y el de Teruel. Supongamos que queremos solicitar un certificado de Manzanera, como pertenece al Partido Judicial de Teruel y es la Cabeza del Partido, pues marcaremos Teruel. Así con cientos de poblaciones en nuestro país.
Aunque si lo que quieres es ir a lo seguro, recomiendo siempre llamar al Ayuntamiento del pueblo en cuestión, aunque tenga 10 habitantes. En ningún sitio mejor que allí podrán informarte sobre su registro civil. Muchas veces, ellos mismos te pasan con el Juez Municipal o la persona encargada y gestionas la solicitud por teléfono o email con mayor rapidez.
Los campos reservados para el Tomo y el Folio son siempre controvertidos. Lo más normal es que no sepamos esos datos y puede ser que el funcionario encargado de buscar el certificado se resista a buscarlo, lo que puede resultar comprensible tratándose de grandes ciudades. La página no deja avanzar si no se rellenan esos campos, así que lo que yo hago es poner un guión.
El siguiente punto a superar es el de la fecha de nacimiento de la persona que estamos buscando. Si sabemos la fecha exacta mejor que mejor, en caso contrario, quizás sí sepamos la fecha aproximada, o incluso el mes. Si no es así, será más complejo que nos encuentren el certificado en municipios grandes que en pequeños. Para casos como Valencia, Madrid o Barcelona entre otras muchas ciudades, no sería de extrañar que nos respondieran o llamaran por teléfono pidiendo la fecha exacta. Bien, si sólo sabes el año te recomiendo poner un día y un mes extremo como 01/01/AÑO o 31/12/AÑO y en el espacio final de «Observaciones» indicar que la fecha no es exacta y otros datos que puedan facilitar la búsqueda a la persona encargada de hacerlo. Sea como sea, la cuestión es rellenar todos los campos para que se valide nuestra solicitud.
En las dos preguntas finales, señalaremos la opción de recibir el certificado por correo postal (para eso hemos indicado nuestra dirección arriba) y el número de copias que solicitamos.
Por último, aceptaremos las dos casillas finales y daremos a continuar donde se nos mostrará un resumen de los datos que hemos rellenado y daremos a enviar.
Recibiremos por email un resguardo o resumen de nuestra petición con el número de solicitud que nos servirá en caso de que se demore demasiado y queramos saber qué ha ocurrido. Lo normal es que no tarde más de 15 días, como mucho un mes. Si pasado este tiempo no tienes noticias de tu solicitud, contacta con el Registro en cuestión y averigua cuál ha sido el motivo.
Ármate de paciencia y mucha suerte.